Portada Portada Alcalde de Santa Marta hizo $500 pesos más caro transportarse en taxi

Alcalde de Santa Marta hizo $500 pesos más caro transportarse en taxi

Por Diana Solera Betancurt

Este decreto que regula la tarifa de los taxis comenzará a regir una vez cada equipo haya realizado la reprogramación y cuente con los nuevos sellos inviolables color anaranjados que deberán ser colocados en presencia de un funcionario de la Secretaría de Movilidad.

La Alcaldía de Santa Marta liderada por Rafael Alejandro Martínez, expidió el Decreto 473 del 15 de noviembre del 2019, por medio del cual actualizan las tarifas en el servicio de taxis en el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta. 

Mediante este documento oficial se fija la tarifa mínima para el servicio de transporte público terrestre individual de pasajeros en vehículos taxi en un valor de cinco mil quinientos pesos ($5.500) M/L.

Nueva calcoman%C3%ADa para taxisTambién se establece el valor de la unidad para este servicio en setenta y ocho pesos M/L y los valores para el cobro con taxímetro, recargos y tarifas fijas que deberán estar incluidas en la tarjeta de control que deben portar los conductores.

Según la Alcaldía la decisión se tomó  por las múltiples quejas que se ha recibido por parte de la ciudadanía a través de las redes sociales y de la aplicación “Buen Taxi”, por el cobro excesivo de este servicio.

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TAXÍMETRO OBLIGATORIO

En este decreto se deja establecido que la tarifa mínima tiene el valor de 5.500 pesos, dejando claro que hay  recorridos en los cuales en el cobro debe hacerse a través del taxímetro, así como hay otros recorridos que cuentan con una tarifa fija.

Igualmente se incluyeron nuevos recorridos que anteriormente no habían sido contemplados como es el recorrido de Santa Marta – Minca que ahora contará con una tarifa fija. 

PUEDE LEER TODO EL DECRETO COMPLETO HACIENDO CLICK EN ESTE LINK 

 A través de este decreto se prohíbe el uso de plataformas tecnológicas para el cobro del servicio de taxi. De igual forma, el conductor no podrá negarse a prestar el servicio público al usuario a cualquier zona de la ciudad, de ser así será sancionado conforme a los establecido en el Código Nacional de Tránsito.

En este decreto se estipuló que el taxista que no lleve el taxímetro encendido en las carreras donde sea obligatorio el cobro con este equipo,  el usuario solo pagará el valor del servicio de la carrera mínima.

 

 

 

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