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Autoridades ambientales indígenas: ¿reivindicación ambiental o declaración vacía?

Por Edgar Jafeth Hernández
Autoridades ambientales indígenas: ¿reivindicación ambiental o declaración vacía?

El Decreto 1275 de 15 de octubre de 2024, firmado en el marco de la COP16, ha sido presentado como un paso histórico por el Gobierno Nacional en la reivindicación de los derechos de los pueblos indígenas en Colombia.

Este decreto les otorga un rol protagónico en la gestión ambiental de sus territorios, reconociéndolos como autoridades ambientales con la capacidad de regular y proteger sus ecosistemas, en armonía con sus usos y costumbres ancestrales.

Este esfuerzo por parte del gobierno refleja un compromiso con la Constitución Política de 1991, que establece la necesidad de respetar la diversidad étnica y cultural del país y avanzar en la conservación del medio ambiente.

Como profesor de derecho ambiental y territorial y profesional, destaco la importancia de esta medida, que representa una reivindicación esperada por los pueblos indígenas desde hace más de 30 años.

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Reconocer su conocimiento ancestral y otorgarles la capacidad de gobernar su territorio con autonomía es, sin duda, un avance hacia la protección de la biodiversidad y el respeto por sus formas de vida.

Tal y como lo señaló la ministra de Ambiente, Susana Muhamad, más del 80 % de la biodiversidad del planeta está resguardada por los pueblos indígenas, lo que hace indispensable su inclusión en las políticas ambientales.

Sin embargo, la implementación de este decreto genera múltiples preocupaciones y desafíos que no pueden ser ignorados. Aunque el gobierno ha promovido este decreto como un hito, surge la duda de si será más una declaración política que una herramienta operativa efectiva.

La falta de acceso al texto definitivo del decreto, que hasta ahora solo se conoce en forma de borrador, dificulta una evaluación completa de sus implicaciones prácticas. El riesgo de que esta medida quede en meras intenciones, sin una aplicación efectiva, es real, y refleja un patrón de ejecución débil que ha sido común en las políticas del actual gobierno.

Uno de los principales puntos de inquietud es la definición de la competencia y jurisdicción de las autoridades indígenas. Colombia cuenta con más de 700 resguardos indígenas, lo que podría traducirse en la existencia de 700 nuevas autoridades ambientales.

Esta fragmentación plantea desafíos enormes en términos de coordinación y gobernabilidad. Como bien lo señaló Bruce Mac Master, presidente de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), crear tantas autoridades podría dificultar el desarrollo de proyectos de infraestructura y generar ingobernabilidad en ciertas regiones del país.

Surgen las siguientes inquietudes: ¿Cómo se logrará articular las competencias de estas nuevas autoridades con las corporaciones autónomas regionales y otras entidades públicas? Esta es una pregunta crucial que aún no tiene respuesta.

Además, la Asociación de Corporaciones Autónomas Regionales (Asocars) ha expresado su preocupación por los posibles conflictos de competencia que el decreto podría generar.

Argumentan que la medida podría vulnerar su régimen de autonomía, entidades también de rango constitucional y dar lugar a una atomización del ejercicio de la autoridad ambiental, lo que complicaría la toma de decisiones y generaría inseguridad jurídica.

Desde una perspectiva constitucional, Asocars señala que el Ejecutivo podría estar abrogándose funciones que son competencia exclusiva del Congreso, lo que abriría la puerta a impugnaciones legales y un debate sobre la legitimidad del decreto.

Autoridades ambientales indígenas: cosmovisiones

Otro tema que preocupa es la conciliación de visiones entre los diferentes pueblos indígenas. No se puede asumir que todos los pueblos comparten una visión homogénea del desarrollo o del manejo ambiental.

Las cosmovisiones indígenas varían significativamente de una comunidad a otra, lo que podría dar lugar a tensiones internas y dificultades en la implementación de políticas ambientales coherentes en territorios compartidos. Además, la interacción entre estas autoridades indígenas y la sociedad occidental, que opera bajo un marco legal y económico muy distinto, también requerirá un esfuerzo significativo de diálogo y concertación.

Finalmente, aunque exalto la intención del gobierno de avanzar en la protección de los derechos y territorios indígenas, es fundamental que este decreto no se quede en el papel.

La implementación práctica y efectiva será clave para que las nuevas autoridades indígenas realmente puedan ejercer sus competencias de manera autónoma y en coordinación con el resto del sistema ambiental del país. La sociedad colombiana no puede permitirse más declaraciones vacías; necesitamos medidas concretas y operativas que fortalezcan la protección del medio ambiente y respeten la diversidad cultural de nuestra nación.

VER: Edgar Jafet Hernández Murcia

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