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Corpamag regula paso de ferry en Salamina con medidas estrictas por riesgos ambientales

por Álvaro Quintana Mendoza
Paso de ferry en Salamina opera bajo medidas transitorias mientras Corpamag mantiene control ambiental en la zona.

La autoridad ambiental autorizó de manera temporal y condicionada el uso del sector conocido como kilómetro 3.5 en la vía Salamina–Guáimaro, tras la suspensión de los ferry y la declaratoria de calamidad pública.

La decisión de Corpamag de intervenir el paso fluvial en el municipio de Salamina marcó un nuevo capítulo en la atención de la emergencia que enfrenta esta zona del Magdalena, luego de que se suspendiera la operación de los ferry por no contar con permisos ambientales, la entidad optó por habilitar de forma transitoria un punto específico para garantizar el cruce, pero bajo estrictas condiciones.

A través de la Resolución 0795 del 19 de marzo de 2026, Corpamag autorizó el uso del área ubicada en el kilómetro 3.5 de la vía Salamina–Guáimaro únicamente para el embarque y desembarque, dejando claro que se trata de una medida excepcional de carácter humanitario, que no legaliza actividades que actualmente no tienen licencia ambiental, ni modifica las decisiones preventivas que siguen vigentes desde el año anterior.

Esta determinación se da en medio de un contexto complejo, en el que la operación irregular de empresas como Transdier S.A.S. y Flutecar E.A.T había encendido las alertas por su impacto en una zona considerada altamente vulnerable a la erosión, situación que además pone en riesgo obras de protección construidas por entidades nacionales para evitar inundaciones.

Restricciones estrictas y control sobre la operación del ferry

Uno de los puntos centrales de la medida adoptada por Corpamag tiene que ver con las limitaciones impuestas al uso de este paso, ya que se prohíbe de manera absoluta el tránsito de transporte pesado, incluyendo volquetas, tractocamiones y maquinaria, así como cualquier actividad que no esté directamente relacionada con necesidades básicas de movilidad.

Además, la resolución establece controles específicos para evitar un mayor deterioro de las orillas del río Magdalena, entre ellos la obligación de implementar reforzamientos temporales en las zonas de atraque y la reducción de velocidad de las embarcaciones durante las maniobras, buscando disminuir el impacto del oleaje sobre los taludes.

En materia ambiental, también se fijaron reglas estrictas frente al manejo de residuos, quedando prohibido cualquier vertimiento de aceites, combustibles o aguas contaminadas al río, lo que obliga a los operadores del ferry a contar con sistemas adecuados de recolección y disposición en tierra, junto con la instalación de puntos ecológicos tanto en las embarcaciones como en las zonas de acceso.

La prevención de emergencias también hace parte de las exigencias, por lo que se requiere que quienes operen en el lugar dispongan de kits para atender derrames de hidrocarburos y mantengan en regla la certificación técnica de los motores, reduciendo así el riesgo de fugas.

A esto se suma la obligación de humectar la vía de acceso no pavimentada para evitar la dispersión de material particulado, así como la instalación de señalización ambiental en toda el área de influencia.

La autorización otorgada por Corpamag tendrá una vigencia estimada entre seis y nueve meses, periodo en el cual los responsables de la operación deberán avanzar en los estudios técnicos necesarios para obtener los permisos definitivos, de no cumplir con estas condiciones, la entidad ha advertido que se procederá a suspender de inmediato la autorización y restablecer todas las medidas restrictivas.

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