Portada Santa Marta Las fallas del decreto que restringe la circulación de motocicletas

Las fallas del decreto que restringe la circulación de motocicletas

Por Jose A Fawcett G

El nuevo decreto 201 debió ser publicitado en Santa Marta por lo menos 15 días antes que terminara el anterior.

Los numerosos llamados de motociclistas por los supuestos comparendos abusivos de parte de los agentes de tránsito, motivaron a la veeduría de movilidad a revisar las nuevas restricciones a la circulación de motocicletas en Santa Marta.

Al tiempo que el veedor de movilidad Charles Valero Fernández, atiende los casos que le solicitan por los comparendos por el nuevo decreto de movilidad para las motocicletas en Santa Marta afirmo que la norma tiene varias fallas.

TRES FALLAS

Ver: Caos en la movilidad de Santa Marta ¿Quién nos salvará?

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Primera falla: El decreto 201 del 14 de septiembre del 2021 que extiende por un año más las medidas de restricción tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos en el Distrito no se socializaron como lo ordena la ley.

Valero afirma que es una costumbre expedir decretos sin socializarlos y en este caso fue publicado y puesto en vigencia con menos de 12 horas en el casco urbano de Santa Marta, lo que disparó el número de comparendos el primer día de vigencia.

Ver: Los reparos al decreto que prorroga la prohibición de parrillero hombre

Segunda falla:  La prohibición del acompañante o parrillero los días 22 de cada mes, en el horario comprendido entre 7:00 am a 7:00 pm. No tiene estudios actualizados para que determine que se deba tomar esta restricción.

Según la veeduría ciudadana de movilidad, la restricción del parrillero para esta ocasión tiene un estudio que no aplica, pues es tomado de las circunstancias del año 2017 que son diferentes en Santa Marta ahora.

Ver: Autoridades de movilidad han impuesto 907 comparendos en Santa Marta por mal parqueo

Tercera falla: Hay que tener en cuenta que, el índice de accidentalidad se mide por los Seguros Obligatorios de Transito, SOAT, y no por los actores viales involucrados en sinestros, lo que finalmente aumenta las motociclistas responsables.

Es decir, en un accidente donde hay una motocicleta y un automóvil involucrado, por lo general el motociclista es el que lleva la peor parte y es el Seguro Obligatorio de Transito SOAT del ultimo es el afectado, alterando la realidad de las estadísticas.

OTROS ERRORES

No es cierto que la veeduría ciudadana de movilidad de Santa Marta, sólo atienda a motociclistas pues es mi deber atender a todos, por ley, desde los peatones pasando por conductores de motos y automotores de todo tipo en Santa Marta dijo Valero.

Con tono indignado aclaró “la palabra mototaxistas no existe, lo que existe son motociclistas que usan la informalidad por causa del desempleo en Santa Marta”, recalcó el veedor de movilidad.

Ver: Ni con tutela, Secretaría de Movilidad muestra legalidad de fotomultas

En cuanto a la manera que debió socializarse el nuevo decreto 201 del 2021, en donde la alcaldía de Santa Marta extiende por un año más las medidas de restricción a la circulación de vehículos tipo motocicletas fue inadecuado.

Debió ser publicitado por lo menos 15 días antes que terminara el anterior decreto de movilidad para que los conductores de motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos en el Distrito no fueran sorpresivamente sancionados.

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