La Sección Primera del Consejo de Estado desestimó la recusación presentada por el gobernador del Magdalena, Rafael Martínez, contra los magistrados que anularon su elección.
Una jugada que parecía maestra. En mayo de 2025, Rafael Martínez, gobernador del Magdalena, presentó una recusación contra los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado: Gloria María Gómez Montoya, Omar Joaquín Barreto Suárez, Luis Alberto Álvarez Parra y Pedro Pablo Vanegas Gil.
Martínez, argumentando que estos magistrados tenían una “animadversión” hacia él y su movimiento político, Fuerza Ciudadana, y que habían emitido decisiones previas que afectaban a su colectividad.
La recusación buscaba apartar a los magistrados de cualquier decisión relacionada con los recursos de aclaración y adición al fallo que anuló su elección por doble militancia.
Hoy, 4 de junio de 2025, exactamente, la Sección Primera del Consejo de Estado rechazó la recusación presentada por Martínez, su decisión se basó en que no se encontraron pruebas suficientes que demostraran la parcialidad de los magistrados recusados.
Con esta decisión, los magistrados de la Sección Quinta podrán continuar con el proceso y resolver los recursos pendientes.
¿Qué viene ahora?
Con la recusación rechazada, el Consejo de Estado podrá proceder a resolver los recursos de aclaración y adición presentados por Martínez, una vez resueltos estos recursos, el fallo que anuló su elección quedará en firme y deberá ser ejecutado.
Esto implicaría la salida de Martínez de la Gobernación del Magdalena y la designación de un gobernador encargado por parte del presidente de la República Gustavo Petro, mientras se convocan elecciones atípicas para elegir a un nuevo mandatario departamental.
Legitimidad ante el electorado
Desde el primer fallo que anuló su elección, Martínez y sus aliados han convertido este caso en una bandera de lucha contra lo que denominan “persecución judicial”, alegan que las decisiones del Consejo de Estado tienen un sesgo político, especialmente por haber tumbado en el pasado la candidatura de Carlos Caicedo y anulado otros actos administrativos de su movimiento.
Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, el caso ha seguido un cauce regular. La doble militancia, como lo establece el artículo 107 de la Constitución y la Ley 1475 de 2011, es una infracción grave al régimen electoral colombiano.
En este sentido, más allá del relato de persecución, la sentencia apunta a preservar la transparencia electoral. Si el sistema permite excepciones políticas a una norma tan básica como la lealtad partidaria, pierde legitimidad ante el electorado.
El legado que está en juego
La caída de Rafael Martínez, no es un simple cambio de nombre en la silla de la Gobernación, conlleva a la interrupción de un proyecto político que ha dominado el departamento en los últimos años con un discurso alternativo, populista y regionalista.
También es una alerta para otros gobernadores y alcaldes electos que han incurrido en dobles militancias u otras faltas formales: las reglas del juego, aunque lentas, terminan aplicándose.
La ciudadanía del Magdalena observa este partido con el corazón dividido. Para unos, es justicia. Para otros, es un gol en fuera de lugar. Pero si algo ha demostrado este proceso es que la institucionalidad colombiana aún tiene mecanismos de control eficaces, incluso en un contexto de alta tensión política.
El Consejo de Estado no compró el relato de Rafael Martínez. La recusación fue desestimada, y el camino queda despejado para que el fallo de anulación de su elección quede en firme. Como en los buenos partidos, los goles polémicos no se borran con protestas: se revisan en el VAR, se ratifican o se anulan. En este caso, la decisión está cerca de concretarse, y el árbitro ya sopla el silbato final.
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