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Carlos Caicedo, condenado a casi 10 años de prisión: el contrato de 2014 que lo llevó ante la justicia

por Álvaro Quintana Mendoza
Carlos Caicedo fue condenado en primera instancia a casi 10 años de prisión por irregularidades en un contrato del sector salud firmado en 2014. La decisión aún puede ser apelada.

El exalcalde de Santa Marta y exgobernador del Magdalena fue condenado en primera instancia a casi 10 años de prisión por irregularidades en un contrato de salud de 2014. La decisión puede ser apelada.

El 20 de agosto de 2014 se firmó un contrato por $6.532.759.830 para intervenir varios centros de salud de Santa Marta. Lo que en ese momento fue presentado como una inversión para mejorar la infraestructura sanitaria de la ciudad terminó convirtiéndose, casi doce años después, en el centro de una sentencia de 112 páginas que hoy marca el episodio judicial más complejo en la carrera política de Carlos Caicedo Omar.

Este 29 de julio de 2026, el Juzgado Noveno Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá declaró penalmente responsable al exalcalde de Santa Marta y exgobernador del Magdalena por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso heterogéneo con peculado por apropiación agravado, al concluir que durante la ejecución del contrato se permitió un manejo irregular de recursos públicos.

La sentencia sostiene que se giraron $4.408.060.918, mientras que las obras efectivamente ejecutadas alcanzaron un valor de $1.570.736.609,46, diferencia que sustentó la decisión judicial.

El origen del caso

Los hechos se remontan a la etapa precontractual del contrato PS-04 del 20 de agosto de 2014, suscrito entre la Empresa Social del Estado Alejandro Próspero Reverend y la sociedad Meidredes SAS.

El objeto del contrato era realizar el mantenimiento y la adecuación de los centros de salud Bastidas, La Candelaria, Mamatoco, Taganga y La Paz, con un plazo de ejecución de diez meses.

Según la sentencia, durante el proceso contractual se incumplieron requisitos legales y se produjo una apropiación indebida de recursos públicos. Esa fue la tesis que la Fiscalía defendió durante varios años de investigación y posteriormente en el juicio oral.

Tras la recolección de pruebas, declaraciones de testigos, peritazgos y audiencias, el proceso llegó a su etapa final en mayo de este año, cuando la Fiscalía solicitó una condena contra Caicedo. Dos meses después, el juzgado acogió esa solicitud y emitió la sentencia.

La condena y lo que sigue

El despacho judicial impuso una pena de 117,6 meses de prisión, equivalente a 9 años y 9 meses, además de una multa de $4.453.229.734 e inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena.

Asimismo, la juez determinó que Carlos Caicedo no tiene derecho a mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad, al considerar que no se cumplen los requisitos previstos por la ley.

Sin embargo, eso no significa que el exmandatario vaya a ser capturado de inmediato.

La propia sentencia establece que la orden de captura será librada únicamente cuando el fallo quede ejecutoriado, es decir, cuando la decisión adquiera firmeza. Mientras eso ocurre, la defensa podrá ejercer el recurso de apelación para que el proceso sea revisado por el Tribunal Superior competente.

En esa segunda instancia, los magistrados podrán confirmar, modificar o revocar la decisión adoptada por el juzgado. Solo después de que esa etapa concluya —o si la defensa decide no apelar dentro del término legal— la sentencia quedará en firme y podrá hacerse efectiva la orden de captura dispuesta en el fallo.

Con esta decisión, el proceso iniciado por un contrato firmado en 2014 entra en su recta final. Después de casi doce años de investigaciones, audiencias y actuaciones judiciales, el expediente ya tiene una condena, pero aún deberá superar la revisión de la segunda instancia antes de convertirse en una decisión definitiva.

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