Una sentencia histórica reconoce la degradación ambiental causada por el emisario submarino de Santa Marta en Taganga.
No fueron las pancartas ni los micrófonos, tampoco los informes de prensa ni las alertas académicas. Lo que al final logró encender la alarma nacional sobre la crisis ecológica en la bahía de Taganga fue una acción popular impulsada por dos ciudadanos persistentes: Denys Amalfi Rodríguez Hernández y José Luis Cantillo Quiroga.
Gracias a su insistencia, el Consejo de Estado emitió una decisión que marca un antes y un después para Santa Marta y, sobre todo, para las comunidades ribereñas del norte de la ciudad.
En su fallo del 29 de mayo de 2025, el alto tribunal reconoció que el emisario submarino instalado desde el año 2000 ha generado afectaciones comprobadas sobre el medio marino.
La infraestructura, que transporta y vierte aguas servidas sin tratamiento desde una ciudad que supera los 600.000 habitantes, ha deteriorado la calidad del agua, alterado los ecosistemas y vulnerado derechos fundamentales de los habitantes de Taganga.
Los impactos ya no son solo advertencias científicas; según informes técnicos presentados durante el proceso judicial, el sistema descarga aproximadamente 950 litros por segundo a través de un tubo que se extiende hasta 56 metros de profundidad, en un punto llamado El Boquerón.
Pero la profundidad no ha evitado que los efectos salgan a flote, pues olores fétidos, coliformes fecales en niveles ilegales y pérdida casi total de vida marina adherida a la infraestructura.
Una sentencia con medidas concretas
El Consejo de Estado emitió órdenes claras e impostergables. En primer lugar, el Ministerio de Ambiente deberá adelantar, junto a Invemar, Corpamag y la Dimar, un estudio técnico detallado que permita establecer el verdadero alcance de la contaminación en las aguas que rodean el emisario.
Este análisis deberá determinar si las condiciones actuales cumplen con los requisitos establecidos en las licencias ambientales otorgadas en 1999 y 2011. En caso contrario, el Ministerio tendrá un plazo máximo de seis meses para aplicar medidas correctivas reales, lo que incluye desde ajustes tecnológicos hasta la suspensión total o rediseño del sistema.
Además, el fallo exige crear un Comité de Verificación, en el que tendrán asiento las instituciones y representantes de la comunidad. Este grupo será el encargado de asegurar que las decisiones no queden en el papel, sino que se ejecuten con transparencia.
Otra de las órdenes establece que se debe informar públicamente a la ciudadanía sobre la calidad del agua en zonas de contacto recreativo. Hasta ahora, los turistas que visitaban las playas cercanas al emisario no eran advertidos sobre los niveles de contaminación. El tribunal consideró esta omisión como una forma de negligencia estatal frente al derecho a la salud.
Turismo, pesca y salud de Taganga en riesgo
Taganga no solo ha sido una víctima ambiental. También ha visto desmoronarse su economía basada en la pesca artesanal y el turismo ecológico. Durante años, buzos y pescadores alertaron sobre la disminución de especies, el cambio en la textura del agua y los efectos en la salud de quienes se sumergen en ella. La degradación del paisaje submarino, antaño atractivo para el buceo internacional, ha sido progresiva y silenciosa.
Ahora, la decisión judicial abre un nuevo escenario. La posibilidad de instalar plantas de tratamiento de aguas residuales (PTAR), por ejemplo, es una de las propuestas que la Essmar ha presentado recientemente como una alternativa de mitigación. Estas plantas modulares podrían tratar hasta el 40 % del agua que hoy llega al emisario sin intervención alguna.
Por su parte, organizaciones ambientalistas insisten en la importancia de aplicar el Acuerdo de Escazú, un tratado internacional que garantiza el acceso a la información ambiental y la participación de la ciudadanía en decisiones que afecten su entorno. El fallo podría ser un punto de partida para aplicar este instrumento en contextos reales y urgentes como el de Taganga.