La redefinición del territorio ancestral de los pueblos: Arhuaco, Kogui, Wiwa y Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta; conocida como la ‘Línea Negra’; no dimensionó el alcance y los efectos que la mencionada disposición tiene para todos los actores involucrados, ni los imperativos de concertación que impone la normativa vigente.
Durante el último mes de la presidencia de Juan Manuel Santos, los colombianos asistimos a un fenómeno común en todas las administraciones públicas.
Se volvió costumbre que al terminar período de gobierno, las administraciones aumentan la expedición de normas, nombramientos o asuntos mayores.
En el caso específico del expresidente Santos, una de las reglamentaciones que mayor controversia ha generado es el Decreto 1500 del 6 de agosto de 2018.
Se trata de la disposición que ‘redefinió el territorio ancestral de los pueblos: Arhuaco, Kogui, Wiwa y Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta’.
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¿’LÍNEA NEGRA’?
Lo anterior, expresado en el sistema de espacios sagrados de la ‘Línea Negra’. No se trata de un asunto de poca monta, era una promesa del Gobierno de Santos.
Lo más importante de todo es la trascendencia que el concepto de ‘Línea Negra’, tiene para los cuatro pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta.
Para koguis, wiwas, arhuacos y kankuamos; la ‘Línea Negra’ es la delimitación de su territorio ancestral. Desde su cosmovisión, la Sierra es el origen de todo lo que hay.
En ese contexto, por supuesto que no se desconoce la importancia, tampoco se pretende desconocer el derecho constitucional que le asiste a estas comunidades.
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A LAS CARRERAS
En un Estado Social de Derecho, se deben reivindicar con la mayor firmeza, proteger y preservar la cosmovisión indígena. Eso nadie lo puede discutir.
Las críticas pasan por el hecho de expedir un acto administrativo un día antes del vencimiento de su periodo presidencial, denotando un afán poco conveniente.
Igualmente ha sido criticado porque para algunos sectores de la sociedad se estima que la socialización del mencionado decreto fue insuficiente.
Asimismo, no se vincularon los potenciales interesados. De su expedición surgen dudas frente a la propiedad privada, la autonomía territorial y el desarrollo de proyectos.
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OÍDOS SORDOS
A la voz de protesta se sumó la institucionalidad a través de los mandatarios de: Magdalena, Cesar y La Guajira. Ellos reclamaron una discusión más aterrizada.
Como entes territoriales, articuladores y ejecutores de políticas en beneficio de esta población; reconocen su autonomía, independencia e importancia cultural.
Sin embargo, expresaron gran preocupación, porque no se logró la socialización con todos y cada uno de los actores que se pueden ver afectados por la ‘Línea Negra’.
Las inquietudes de las administraciones departamentales no fueron atendidas por la Presidencia de la Republica. Preocupa que el nuevo trazado afecte a terceros.
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SIN AUTONOMÍA
Además, altera las condiciones de uso del suelo definidas en instrumentos de ordenamiento y ordenación del territorio bajo la influencia geográfica de la delimitación.
Lo anterior sin la adecuada socialización y concertación entre actores afectados con lo que se desconoce la condición urbana de algunas zonas y su vocación.
Lo lamentable del afán del gobierno saliente es que la loable iniciativa del ejecutivo nacional, supone una potencial afectación a la autonomía territorial.
También se desconoce el pronunciamiento de la Corte Constitucional en la Sentencia C-123 de 2014 que obliga a socializar y concertar eficazmente.
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¡SE VA A CAER!
Del afán solo queda el cansancio y con eso se expone la integridad jurídica del decreto de delimitación ante el control constitucional del que será objeto.
Con alto grado de probabilidad habrá declaratoria de inexequibilidad por abierta inconstitucionalidad y desconocimiento flagrante de un precedente jurisprudencial vinculante.
Por todo lo anterior hacemos un respetuoso llamado al recién posesionado Gobierno, para que acometa el estudio detallado de la reglamentación expedida.
Rápido se debe aplicar el imperativo normativo de concertación y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, para dimensionar el alcance de la nueva ‘Línea Negra’.
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