Las nuevas medidas decretadas empiezan a regir desde el 27 de marzo hasta el 29 de abril, debido al aumento del contagio del covid-19.
El decreto 068 fue emitido el día 24 de marzo en horas de la noche por la Alcaldesa Virna Lizi Johnson, y contiene las medidas con las que se busca preservar la salud de samarios y visitantes.
En una transmisión en vivo se hicieron públicas las restricciones que tendrán que acatar todos los ciudadanos para evitar la propagación del virus covid-19.
La redacción del decreto presenta errores de fechas y días, las redes sociales no dejaron pasar la equivocación y señalaron la medida como ‘improvisada’ y llenaron los canales de la Alcaldía con preguntas.
El error más notorio en el decreto, asegura que los días de domingos 3, 10, 17 y 24 se ordena el confinamiento y movilidad, pero las fechas mencionadas no corresponden a domingos, sino a los días sábado, entonces ¿no se pueden salir los sábados o los domingos?
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MEDIDAS DEL DECRETO 068
Confinamiento durante las 24 horas, los días miércoles, viernes y domingo, continua el pico y cédula, los días lunes, martes, jueves y sábado, de acuerdo al último dígito del documento, medida que no aplica para parques, restaurantes y hoteles.
Se contempla el cierre de playas y ríos, los días miércoles, viernes y domingo, también se prohíben las procesiones durante la Semana Santa, con el fin de evitar las aglomeraciones.
Tiendas de barrio y establecimientos de comercio deben de estar abiertos solo hasta las 7:00 de la noche, se mantiene la ley seca, desde las seis de la tarde, hasta las seis de la mañana del día siguiente.
Toque de queda nocturno, desde las ocho, hasta las cinco de la mañana todos los días de la semana, se exceptúan las restricciones al personal de salud, de vigilancia y labores contempladas en el decreto 1076 de 2020.
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MEDIDAS PARA EL TRANSPORTE
Los vehículos de transporte público y colectivo tipo buses podrán prestar el servicio con una capacidad limitada por las sillas y no se permitirán pasajeros de pie.
Los taxis solo podrán prestar el servicio movilizando a los pasajeros en el asiento trasero, queda prohibido el uso de aire acondicionado y trasportar a personas en la silla del copiloto.
Dentro del decreto se prohíbe la circulación y el tránsito de vehículos tipo escalera, como las chivas rumberas en toda la ciudad de Santa Marta.
Todas las personas que permanezcan en la ciudad están obligadas a cumplir con los protocolos de bioseguridad y normas establecidas en el decreto.
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