Por medio del Decreto 184 del 18 de julio, la Alcaldía tomó medidas como la restricción en la circulación de motos en el marco de la Fiesta del Mar.
En ese sentido, queda restringida en la zona urbana y rural de Santa Marta el tránsito y circulación de los vehículos particulares tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos y cuatrimotos los días 28, 29, 30 y 31 de julio, en el horario comprendido entre 4:00 de la tarde hasta las 4:00 de la mañana del día siguiente.
Cabe mencionar que según el Decreto Distrital 184, tienen excepciones vehículos utilizados por el esquema de seguridad de la Presidencia de la República y actividades inherentes a ello; de los organismos de seguridad del Estado, que pertenezcan y hagan parte de la Fuerza Pública.
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Así mismo, las entidades públicas en el ejercicio de sus funciones siempre y cuando porten el respectivo chaleco y carnet que lo acrediten como personal adscrito a dicha entidad y de las autoridades de tránsito, entre otros.
Igualmente, queda prohibido en Santa Marta durante los días 26, 27, 28, 29, 30, y 31 de julio de 2023, la comercialización, venta, uso, porte, tenencia y manipulación de elementos y artículos pirotécnicos elaborados o que contengan fósforo blanco, u otras sustancias que produzcan detonación y explosión.
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SE AMPLÍA EL HORARIO DE EXPENDIO DE LICOR
Durante los días de celebraciones de la Fiesta del Mar, el horario de funcionamiento para los establecimientos comerciales abiertos al público que tengan como actividad el expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes, ubicadas en Santa Marta, será el siguiente:
Discotecas, estaderos, estancos, cantinas, café bares, casinos, karaoke, tabernas, restaurantes y/o similares, casetas populares, establecimientos comerciales temporales y/o estacionarios en los que se desarrollen actividades culturales y/o sociales que no tuviesen regulación especial al respecto, podrán prestar sus servicios hasta las 4:00 de la mañana.
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Establecimientos de ventas de comidas rápidas, de ventas informales ambulantes y estacionarios de alimentos y bebidas que se encuentren debidamente autorizados por la Secretaría de Gobierno, podrán funcionar hasta la 1:00 de la mañana. Las tiendas de barrio seguirán operando hasta las 11:00 de la noche.
Por otro lado, las secretarías de Seguridad y Convivencia, de Gobierno, de Salud, de Movilidad, en coordinación con la Policía Metropolitana de Santa Marta, ejercerán la inspección, vigilancia, seguimiento, evaluación y control de las medidas adoptadas en los establecimientos comerciales en la capital magdalenense.
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