La decisión de Gabriel Modesto Ospino Guzmán, Juez Octavo Penal de Control de Garantías; fue apelada por Salustiano Fortich Molina, Fiscal 41 y Alexandra Patricia Correa Lozano, en representación de la Procuraduría General de la Nación; pidió la nulidad al considerar que no hubo extemporaneidad en el traslado de los elementos materiales probatorios por tratarse de un error formal.
Gabriel Modesto Ospino Guzmán, Juez Octavo Penal de Control de Garantías; le dio la libertad a los seis implicados en el caso de corrupción del sector salud.
La decisión se conoció a las 5:13 de la tarde en la audiencia de legalización de captura, imputación de cargos y solicitud de medida de aseguramiento.
El dictamen favoreció al suspendido alcalde de Santa Marta Rafael Alejandro Martínez y al ex alcalde Carlos Eduardo Caicedo Omar.
Además se beneficiaron los contratistas: Carlos Fabián Slebi y Jesús Enrique Navarro Brito; y los funcionarios: Edgar Charris Salcedo y Gregorio Antonio Domínguez.
¿QUÉ PASÓ?
Ospino Guzmán otorgó la libertad al considerar que Salustiano Fortich Molina, Fiscal 41; no corrió traslado oportuno de los elementos materiales probatorios.
El elemento material probatorio es toda cosa u objeto que aporta información del aspecto estructural del delito o de la identidad del acusado.
Dicha evidencia física debe ser trasladada por la Fiscalía a la parte defensora para que tenga la oportunidad de controvertirla o declarar su idoneidad.
El Juez Octavo le concedió razón al abogado defensor Iván Cancino González, cuando reclamó que Fortich Molina no puso a su disposición el material.
¿CÓMO PASÓ?
La libertad de los seis implicados en el caso de presunta corrupción por la no construcción de cinco centros de salud, era una de dos opciones en juego.
El Fiscal Salustiano Fortich Molina buscó imponer medida de aseguramiento privativa de libertad; es decir, detención carcelaria o detención domiciliaria.
Por su parte, el abogado Iván Cancino González; se enfocó en la libertad de los seis imputados o la imposición de una medida restrictiva pero menos afrentosa.
Al final ganó el planteo de Cancino González al argumentar que el no traslado oportuno de los elementos materiales probatorios violó el debido proceso.
¿QUIÉN FALLO?
En apariencia, el no traslado oportuno de los elementos materiales probatorios a la defensa, fue atribuido como un error del Fiscal Salustiano Fortich Molina.
El Fiscal apeló la decisión de Gabriel Modesto Ospino Guzmán, Juez Octavo Penal de Control de Garantías; al considerar que el error era subsanable.
Asimismo, la Procuradora Alexandra Patricia Correa Lozano, pidió anular el dictamen del Juez dado que Fortich siempre puso a disposición la evidencia.
Tanto la apelación como la nulidad serán resueltas en segunda instancia a mediados de enero del año entrante, por un Juez Penal del Circuito.
¿QUÉ SIGUE?
Desde la libertad, Rafael Martínez, Carlos Caicedo, Carlos Slebi, Jesús Navarro, Edgar Charris y Gregorio Domínguez; se alistarán para lo que sigue.
Como implicados en este caso deberán enfrentar las audiencias de formulación de acusación y preparatoria; y posteriormente el inicio del juicio oral.
En el marco de la controversia, esta primera parte del caso de presunta corrupción en el sector salud, la ‘verdad procesal’ se impuso a la ‘verdad real’.
La ‘verdad procesal’ es que un error le dio la libertad a los acusados. La ‘verdad real’ es que los cuatros centros de salud siguen inconclusos.
CURIOSIDADES
La redacción de www.codigoprensa.com conoció que uno de los implicados, sufrió un transtorno espasmódico que le ocasionó un episodio de emesis.
En un momento de alta tensión, cuando se negó la medida de aseguramiento, uno de los incriminados espetó ofensas y vulgaridades contra el Fiscal.
Al periodismo se le obstruyó el cubrimiento de la audiencia de legalización de captura, imputación de cargos y solicitud de medida de aseguramiento.
Esta es la tercera victoria de Iván Cancino González en casos similares. En junio y julio ganó en Montería y Popayán. Los acusados también eran alcaldes.