Portada Magdalena Corpamag recuerda presentar la autodeclaración de vertimientos

Corpamag recuerda presentar la autodeclaración de vertimientos

Por Código Prensa

Corpamag le informó a los usuarios de Tasa Retributiva que hasta del 31 de enero del 2023 tiene plazo para presentar la autodeclaración de vertimientos para el cobro de la vigencia 2022.

El formato de autodeclaración de vertimientos se puede descargar de la página web www.corpamag.gov.co en el link de Recursos Hídricos.

Esta autodeclaración deberá estar sustentada por lo menos con una caracterización anual representativa de sus vertimientos que incluya mínimo los parámetros objeto de cobro los cuales son DBO5 (Demanda Biológica de Oxígeno) -SST (Solidos Suspendidos Totales) y caudal del vertimiento final.

Es importante tener en cuenta que dicha caracterización se debe realizar a través de laboratorio acreditado por el Ideam el cual se encargue de realizar la toma de la muestra y los respectivos análisis.

unimagdalena inscripciones 2024

Para aquellos usuarios que no presente su autodeclaración de vertimiento en el plazo definido y con los soportes indicados, la Corporación adelantará la liquidación con la información técnica que señala el Decreto 1076 de 2015.

VER: Corpamag y el Ejército liberan 5 tortugas marinas y 2 tiburones

Mensaje a los usuarios:

Invitamos a todos los usuarios a cumplir con la normatividad vigentes y contribuir con las acciones que lidera la Corporación para la protección y conservación del recurso hídrico.

Tenga En Cuenta Que el Decreto 1076 de 2015 en su capítulo 7 sección 1 reglamenta el instrumento económico de la tasa retributiva por la utilización directa e indirecta del recurso hídrico como receptor de vertimiento puntuales.

La tasa retributiva por vertimientos puntuales es aquella que cobra la autoridad ambiental competente a los usuarios por la utilización directa e indirecta del recurso hídrico como recepto de vertimiento puntuales directos o indirección y sus consecuencias nocivas, originado en actividades antrópica o propiciadas por el hombre y actividades económica o de servicio sean o no lucrativas. Esta tasa se cobra por la totalidad de la carga contaminante descargada al recurso hídrico.

Te podría interesar