La veeduría de movilidad señaló que la podría Policía inmovilizar vehículos, pero habrá casos donde podrá colocar un comparendo.
Aunque no es lo mismo Policía de Vigilancia que Policía de Tránsito, el veedor de movilidad Jorge Guerra Ortiz, resaltó que ambos pueden proceder dependiendo el caso en Santa Marta.
Luego de las restricciones y disposiciones del Decreto 184 rigen desde el 28 hasta el 31 de julio 2023 en Fiestas del Mar, la Policía puede actuar a través del Tránsito o Vigilancia.
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Por lo tanto, la Alcaldía de Santa Marta emitió un acto administrativo que restringe la circulación de motocicletas durante las festividades, como medida necesaria.
Según el Distrito la medida es para disminuir índices de accidentalidad y criminalidad, pero no solo es para la movilidad sino para la manera como se desempeñan los conductores.
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NO SE CONFUNDA
Las secretarías de Seguridad y Convivencia, de Gobierno, de Salud, de Movilidad, en coordinación con la Policía Metropolitana de Santa Marta, ejercerán la inspección, vigilancia.
Lo anterior teniendo en cuenta que la vigilancia durante las Fiestas del Mar va más allá de los horarios de movilidad y más bien de comportamientos como:
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Conducir con máscaras o similares, así como también venta, uso, porte, tenencia y manipulación de elementos y artículos pirotécnicos que produzcan detonación y explosión.
De acuerdo con el informe emitido por el veedor Guerra, señala que un policía tal vez no inmovilice un motociclista, pero si infringe el parágrafo único puede hacerle un comparendo.
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